ACTA Nº 19 - COMITE COMPETICION
miércoles, 03 de marzo de 2010
FEDERACIÓN NAVARRA DE BALONCESTO
COMITÉ DE COMPETICIÓN
ACTA Nº 19
Temporada 2009/10
Acta de la reunión celebrada por este Comité de Competición, el día 2 de marzo de 2010, a las 20,00 h. en los locales de la Casa del Deporte, sita en la calle Paulino Caballero nº13, en la que se adoptaron los siguientes acuerdos:
FALLO Nº377 Encuentro: CB CENICERO LA ALCOHOLERA / IES V. EBRO GENESIS
CATEGORIA: 2ª Div. Masculina Interaut.
Sancionar al equipo IES V. EBRO GENESIS con multa de 3 € POR NO PRESENTAR la LICENCIA FEDERATIVA, ni autorización en su defecto, de su jugador F.A identificándose con su DNI y tríptico del equipo.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 50 B del Reglamento Disciplinario de la FNB y el 142 del Reglamento General y Normas Específicas para las Competiciones organizadas por la FNB.
FALLO Nº 378 Encuentro: SDR ARENAS / BALAT ARANGUREN
CATEGORIA: 2ª Div. Masculina Interaut.
Sancionar al equipo BALAT ARANGUREN con multa de 2 € POR NO PRESENTAR la LICENCIA FEDERATIVA, ni autorización en su defecto, de su jugador O.L identificándose con su DNI y tríptico del equipo.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 50 B del Reglamento Disciplinario de la FNB y el 142 del Reglamento General y Normas Específicas para las Competiciones organizadas por la FNB.
FALLO Nº 379 Encuentro: CB CALAHORRA / BODEGAS PIEDEMONTE BNC
CATEGORIA: 2ª Div. Masculina Interaut.
Sancionar al equipo CB CALAHORRA con multa de 15 € por falta de DISPONIBILIDAD DE LOS ELEMENTOS TÉCNICOS DE JUEGO al tener cuatro focos de iluminación de la pista fundidos, dificultando con ello la visibilidad en el juego.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 50 C del Reglamento Disciplinario de la FNB y 154 del Reglamento General.
FALLO Nº 380 Encuentro: FRUTAS EZQUERRO CALAHORRA B. 98 / BAR A–PARTAO OBERENA
CATEGORIA: 2ª Div. Masculina Interaut.
1. Sancionar al equipo FRUTAS EZQUERRO CALAHORRA BASKET 98 con multa de 15 € por falta de DISPONIBILIDAD DE LOS ELEMENTOS TÉCNICOS DE JUEGO al tener cuatro focos de iluminación de la pista fundidos, dificultando con ello la visibilidad en el juego.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 50 C del Reglamento Disciplinario de la FNB y 154 del Reglamento General.
2. Sancionar al equipo FRUTAS EZQUERRO CALAHORRA BASKET 98 con multa de 5 € por ASISTIR AL ENCUENTRO SIN ENTRENADOR.
En virtud de lo dispuesto en los Arts. 69 y 70 del Reglamento General y Normas Específicas para la temporada 2009/10.
FALLO Nº 381 Encuentro: ANAITASUNA / CB SAN ADRIAN EL NAVARRICO
CATEGORIA: Senior Masculino 1ª Aut.
1. Sancionar al equipo CB SAN ADRIAN EL NAVARRICO con multa de 5 € por ASISTIR AL ENCUENTRO SIN ENTRENADOR.
En virtud de lo dispuesto en los Arts. 69 y 70 del Reglamento General y Normas Específicas para la temporada 2009/10.
2. Sancionar al equipo ANAITASUNA con multa de 6 € por falta de DISPONIBILIDAD DE LOS ELEMENTOS TÉCNICOS DE JUEGO al no disponer el equipo local de los elementos necesarios para el funcionamiento del marcador electrónico, puesto que no funcionaba uno de los dispositivos de 24 segundos.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 50 C del Reglamento Disciplinario de la FNB, y en las Bases de Competición para esta categoría remitidas a los clubes en la circular número 14 de 30 de septiembre.
FALLO Nº 382 Encuentro: SDC ECHAVACOIZ / PEÑA AZAGRESA
CATEGORIA: Senior Masculino 2ª Aut.
1. Sancionar al árbitro B.R. principal del encuentro con AMONESTACION PUBLICA por redacción incompleta del acta, al no detallar la situación de juego en la suspensión del encuentro.
2. Se concede un plazo que finaliza el próximo 9 de Marzo a los dos equipos para que indiquen un nuevo señalamiento del encuentro a la FNB. En virtud de lo dispuesto en el Art.185 del Reglamento General y el 48 B del Reglamento General.
El encuentro debe reanudarse en el minuto dos del primer cuarto, con salto entre dos, no podrá incluirse ningún jugador que no estaría inscrito en el acta.
FALLO Nº 383 Encuentro: ARANGUREN / LARRAONA
CATEGORIA: Senior Masculino 2ª Aut.
Sancionar al equipo ARANGUREN con multa de 2 € POR NO PRESENTAR la LICENCIA FEDERATIVA, ni autorización en su defecto, de su jugador S.U identificándose con su DNI y tríptico del equipo.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 50 B del Reglamento Disciplinario de la FNB y el 142 del Reglamento General y Normas Específicas para las Competiciones organizadas por la FNB.
FALLO Nº 384 Encuentro: LEKAROZ / CANTOLAGUA
CATEGORIA: Senior Masculino 2ª Aut.
Aprobar el cambio solicitado por el equipo CANTOLAGUA con la conformidad del equipo LEKAROZ debiendo abonar el solicitante el canon de 28 €, según lo establecido en el ANEXO 1 del Reglamento General y Normas Específicas para la Temporada 2009/10.
FALLO Nº 385 Encuentro: LAGUNAK / GAZTE BERRIAK
CATEGORIA: Senior Femenino 1ª Aut.
A vista del informe medico presentado, se tiene por justificada la retirada del arbitro Sr. I.S del encuentro.
FALLO Nº 386 Encuentro: ARANGUREN S / TAFALLA
CATEGORIA: Senior Femenino 2ª Aut.
Sancionar al equipo TAFALLA con multa de 5 € por ASISTIR AL ENCUENTRO SIN ENTRENADOR.
En virtud de lo dispuesto en los Arts. 69 y 70 del Reglamento General y Normas Específicas para la temporada 2009/10.
FALLO Nº 387 Encuentro: NAVARRO VILLOSLADA URSULINAS UNB / IES V. EBRO GENESIS
CATEGORIA: Senior Femenino 2ª Aut.
Sancionar al equipo NAVARRO VILLOSLADA URSULINAS UNB con pérdida del encuentro con el resultado reflejado en el acta en el momento que se suspende el encuentro, descuento de un punto en la clasificación y multa de 60 €, por la actitud global antideportiva del equipo que provoca la suspensión definitiva del encuentro, decisión que toma el árbitro ante la actitud pasiva del equipo local que no juega el balón ni su posesión y que además provoca una situación antideportiva en cuanto a modos y palabras.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 46 F del Reglamento Disciplinario de la FNB.
FALLO Nº 388 Encuentro: LAGUNAK / GAZTE BERRIAK
CATEGORIA: Senior Femenino 2ª Aut
Aprobar el cambio solicitado por el equipo LAGUNAK con la conformidad del equipo GAZTE BERRIAK debiendo abonar el solicitante el canon de 28 €, según lo establecido en el ANEXO 1 del Reglamento General y Normas Específicas para la Temporada 2009/10.
FALLO Nº 389 Encuentro: CLIENTES CAN ALSASUA / SAN IGNACIO A
CATEGORIA: Junior Masculino
Sancionar al equipo SAN IGNACIO A con pérdida del encuentro con el resultado de 2-0, descuento de un punto en la clasificación y multa del 50,01 €, por INCOMPARECENCIA INJUSTIFICADA al encuentro. Además el equipo que no comparece deberá satisfacer el importe del recibo arbitral que asciende a 110,75 €.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 46 C del Reglamento Disciplinario.
FALLO Nº 390 Encuentro: CB BURLADA / FONSECA A URSULINAS SAN IGNACIO
CATEGORIA: Junior Masculino
ANTECEDENTES
1. El CB Burlada firma el acta bajo protesta para denunciar lo que entienden como alineación indebida del jugador A.B del equipo FONSECA A URSULINAS SAN IGNACIO, al tener licencia suscrita en el equipo FONSECA B URSULINAS SAN IGNACIO.
2. El equipo FONSECA A URSULINAS SAN IGNACIO envía escrito en el que acreditan que previamente al inicio de la segunda fase de la competición hicieron consulta por escrito a la FNB sobre si los jugadores del equipo B se podían o no alinear en el equipo A en la segunda fase de la liga.
3. La Secretaría de la FNB envía escrito al Comité en el que justifica la contestación positiva a la consulta hecha en su día por el equipo FONSECA A URSULINAS SAN IGNACIO en base a lo dispuesto en el Art.45 penúltimo párrafo del Reglamento General.
FUNDAMENTOS
I. La principal cuestión a determinar por este Comité es si, una vez finalizada la primera fase esta liga en junior masculino, se puede o no entender que la categoría queda subdividida en primera categoría y segunda categoría, o es la misma categoría con distintos grupos.
II. Esta temporada existe una única categoría de junior en la fase inicial pero:
- Se diferencian los plazos de preinscripción de los equipos, concluyendo las inscripciones para la primera categoría en el mes de junio y en el mes de septiembre para la segunda categoría. (Anexo nº 3 del Reglamento General) En función del número de inscritos es cuando se entiende que la competición se inicia en un grupo único.
- Se diferencian las condiciones para la disputa de los encuentros según sean los puestos del 1 al 8, grupo 1 y 2 (similar a las condiciones técnicas de una primera categoría, campo central, marcador…) o los puestos del 9 en adelante, grupos 3 y 4 (lo que podemos asimilar a una segunda categoría).
- Las condiciones son semejantes a las requeridas para la disputa de la fase de clasificación en la categoría de junior femenino de 1ª (donde si se inicia la liga con dos categorías expresamente contempladas.)
III. El Art 45 penúltimo párrafo permite que teniendo un club dos equipos de la misma edad y “dentro de la competición se da la circunstancia de existir dos o más divisiones o categorías diferenciadas los jugadores del equipo de categoría o división inferior podrán alinearse en el equipo que participe en la categoría superior( …).
El Artículo no solamente habla de categorías sino también de divisiones. En esta fase de clasificación lo que se produce en una clara división en dos grupos, los que participan del 1 al 8, grupos 1 y 2 y del 9 en adelante, grupos 3 y 4.
Atendiendo al tenor literal de las bases de competición, está claro que, como alega el equipo recurrente CB BURLADA, solamente se habla de fases y grupos. Sin embargo entendemos que el tenor literal de la norma no debe ocultar o equivocar el espíritu de la competición. Si hay dos plazos para las inscripciones está claro que los equipos configuran sus plantillas con la idea de que la liga se estructurará en dos categorías y además los requisitos para la fase de clasificación son diferentes para los dos grupos (1 a 8, grupo 1 y 2) y (9 en adelante, grupo 3 y 4) lo que hace que, implícitamente estemos hablando de dos categorías o divisiones diferenciadas.
FALLO
Por lo tanto se desestima la pretensión del equipo CB BURLADA de tipificar como alineación indebida la participación del jugador A.B en el encuentro.
FALLO Nº 391 Encuentro: ARDOI A / LARRAONA
CATEGORIA: Junior Masculino
Sancionar al equipo ARDOI A con multa de 5 € por ASISTIR AL ENCUENTRO SIN ENTRENADOR.
En virtud de lo dispuesto en los Arts. 69 y 70 del Reglamento General y Normas Específicas para la temporada 2009/10.
FALLO Nº 392 Encuentro: ONCINEDA / TAFALLA ARDOI
CATEGORIA: Junior Masculino
Aprobar el cambio solicitado por el equipo TAFALLA ARDOI con la conformidad del equipo ONCINEDA debiendo abonar el solicitante el canon de 28 €, según lo establecido en el ANEXO 1 del Reglamento General y Normas Específicas para la Temporada 2009/10.
FALLO Nº 393 Encuentro: SAN CERNIN BNC A / TAFALLA ARDOI
CATEGORIA: Junior Masculino
Aprobar el cambio solicitado por el equipo SAN CERNIN BNC A con la conformidad del equipo TAFALLA ARDOI debiendo abonar el solicitante el canon de 28 €, según lo establecido en el ANEXO 1 del Reglamento General y Normas Específicas para la Temporada 2009/10.
FALLO Nº 394 Encuentro: CLIENTES CAN ALSASUA / IES PLAZA DE LA CRUZ
CATEGORIA: Junior Masculino
Aprobar el cambio solicitado por el equipo CLIENTES CAN ALSASUA con la conformidad del equipo IES PLAZA DE LA CRUZ debiendo abonar el solicitante el canon de 28 €, según lo establecido en el ANEXO 1 del Reglamento General y Normas Específicas para la Temporada 2009/10.
FALLO Nº 395 Encuentro: SAN CERNIN BNC A / LAGUNAK
CATEGORIA: Junior Masculino
Aprobar el cambio solicitado por el equipo SAN CERNIN BNC A con la conformidad del equipo LAGUNAK debiendo abonar el solicitante el canon de 28 €, según lo establecido en el ANEXO 1 del Reglamento General y Normas Específicas para la Temporada 2009/10.
FALLO Nº 396 Encuentro: ARDOI A / STADIUM CASABLANCA A
CATEGORIA: Junior Femenino
El equipo STADIUM CASABLANCA A envía escrito a este Comité en el que presentan justificante de la empresa de autobús encargada del transporte que justifica el no desplazamiento. Este comité entiende que la suspensión se ha producido por fuerza mayor del equipo STADIUM CASABLANCA A por lo tanto se aplica el Art. 180 del Reglamento General y Normas de Competición. Se concede un plazo que finaliza el próximo martes 9 de Marzo a las 13.00 horas para que comuniquen la nueva fecha de celebración del encuentro.
Por otro lado, el Art. 181 del Reglamento entiende que, aun en el caso de fuerza mayor, cabe aplicar el resto de normativa, por lo que el equipo que incomparece al encuentro (STADIUM CASABLANCA A) deberá satisfacer los gastos generados al equipo local con la nueva celebración del encuentro que sean justificados y recibo arbitral.
FALLO Nº 397 Encuentro: CB BURLADA PAZ ZIGANDA / MONTE DUCAY OLIVAR A
CATEGORIA: Junior Femenino
Sancionar al equipo MONTE DUCAY OLIVAR A con multa de 2 € POR NO PRESENTAR la LICENCIA FEDERATIVA, ni autorización en su defecto, de su entrenador I.X identificándose con su DNI y tríptico del equipo.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 50 B del Reglamento Disciplinario de la FNB y el 142 del Reglamento General y Normas Específicas para las Competiciones organizadas por la FNB.
Contra estos fallos puede interponerse y formalizarse recurso ante el Comité de Apelación de la Federación Navarra de Baloncesto, que habrá de cursarse, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha en que se hubiera notificado el fallo (Art. 88 del Reglamento Disciplinario de la F.N.B.).